Estudio sobre Autismo y Consumo de Refrescos Light/Aspartamo

¿Existe una Conexión?

Un estudio realizado por investigadores del Centro de Ciencias de la Salud de la Universidad de Texas en San Antonio (UT Health San Antonio) ha arrojado luz sobre una posible relación entre el consumo de refrescos light y aspartamo por parte de madres durante el embarazo o la lactancia y el diagnóstico de autismo en sus hijos varones. El estudio, publicado en la revista Nutrients en agosto de 2023, analizó datos de 235 niños con autismo y 121 niños neurotípicos. 

Resultados Destacados:
  • Los niños varones diagnosticados con autismo tenían más de tres veces más probabilidades de haber estado expuestos a refrescos light o aspartamo durante el embarazo o la lactancia en comparación con los niños de control.
  • A pesar de estos hallazgos, el estudio no establece una relación causal directa, sino que justifica una mayor investigación en esta área.
Sobre el Autismo:
  • El autismo es una condición neurológica que afecta el desarrollo social y comunicativo de las personas, manifestándose de manera diversa en cada individuo.
  • Puede implicar dificultades en la comunicación, interacciones sociales atípicas y comportamientos repetitivos.
  • Con apoyo y terapias especializadas, muchas personas con autismo pueden llevar vidas plenas y productivas.
  • Existen tres niveles de autismo: nivel 1 (leve), nivel 2 (moderado) y nivel 3 (severo).
Aspartamo:
  • El aspartamo es un edulcorante artificial utilizado en productos bajos en calorías, como refrescos light, desde la década de 1980. 
  • Aprobado por la FDA en 1981, es unas 200 veces más dulce que el azúcar y se utiliza para endulzar sin aportar calorías significativas.
  •  Se encuentra en bebidas dietéticas, chicles, gelatinas, helados, productos lácteos, cereales, dentífricos y medicamentos. 
Regulación en México: 
  • El aspartamo ha sido estudiado en numerosas investigaciones y revisiones por agencias reguladoras de alimentos y medicamentos en todo el mundo,
    incluyendo México.
  • La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) regula los aditivos alimentarios, incluido el aspartamo.
  •  Hasta la fecha, no se ha demostrado que el aspartamo cause enfermedades graves en cantidades típicas de consumo humano.
  • Los límites de ingesta diaria admisible (IDA) establecidos por las autoridades sanitarias son de 50 mg/kg de peso corporal en México y 40 mg/kg en la Unión Europea. 
Colorantes Alimentarios:
  • Los colorantes alimentarios también están regulados en México para garantizar su uso seguro en alimentos y bebidas. 
  • Algunos colorantes, como la tartrazina y el Rojo Allura AC, pueden causar reacciones alérgicas en personas sensibles. 
  • El Amaranto ha suscitado preocupaciones debido a posibles riesgos carcinogénicos en estudios en ratas. Existe un control estricto sobre colorantes no autorizados, como Sudán I y otros, debido a su potencial carcinogénico. 
  • Existe un control estricto sobre colorantes no autorizados, como Sudán I y
    otros, debido a su potencial carcinogénico.
Importancia de la Regulación:
  • La regulación es esencial para garantizar la seguridad alimentaria y proteger la salud pública en México.
  • Los fabricantes de alimentos deben cumplir con las regulaciones de COFEPRIS.
  • Los consumidores deben revisar las etiquetas de productos para asegurarse de que se cumplan los límites máximos permitidos para aditivos alimentarios.  
Esta información destaca la importancia de la regulación de aditivos alimentarios y su impacto en la salud pública, al tiempo que señala la necesidad de investigaciones adicionales sobre la posible relación entre el aspartamo y el autismo.

Regulación de Aditivos Alimentarios en México para una Alimentación Segura

Sección 1: Aspartamo
  • ¿Qué es el Aspartamo? Un edulcorante artificial, 200 veces más dulce que el azúcar.
  • Regulación en México: La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
    Sanitarios (COFEPRIS) regula su uso.
  • Seguridad: Estudios confirman su seguridad en cantidades típicas.
  • Límite Seguro: IDA de 50 mg/kg de peso corporal en México y 40 mg/kg en la
    Unión Europea.
Sección 2: Colorantes Alimentarios
  • Regulación en México: Se regulan para garantizar su uso seguro en alimentos
    y bebidas.
  • Ejemplos de Colorantes: Tartrazina, Rojo Allura AC, Amaranto, Azul Brillante FCF.
  • Riesgos Asociados: Algunos pueden causar reacciones alérgicas y
    preocupaciones de carcinogenicidad.
  • Prohibición de Colorantes No Autorizados: Ejemplo de Sudán I y otros.
Sección 3: Importancia de la Regulación
  • Protección de la Salud Pública: Las regulaciones aseguran la seguridad
    alimentaria y protegen la salud de los consumidores.
  • Responsabilidad de los Fabricantes: Deben cumplir con las regulaciones
    establecidas por COFEPRIS.
  • Consumidores Informados: Verificar etiquetas para garantizar el
    cumplimiento de los límites máximos permitidos.

A continuación, se presentan las principales regulaciones en México relacionadas con aditivos alimentarios y cómo contribuyen a una alimentación segura:

  1. NOM-218-SSA1-2011: Aditivos Alimentarios y Coadyuvantes en Alimentos.
    Especificaciones y Etiquetado.
  2. NOM-182-SSA1-2010: Productos y Servicios. Cereales y sus productos.
  3. NOM-182-SSA1-2010: Productos y Servicios. Gelatinas y productos
    similares
  4. NOM-218-SSA1-2011: Aditivos Alimentarios y Coadyuvantes en Alimentos.
    Especificaciones y Etiquetado.
  • La regulación de aditivos alimentarios, como el aspartamo y los colorantes, es esencial para garantizar alimentos seguros en México.
  • El cumplimiento de las regulaciones y la responsabilidad de los fabricantes son clave para una alimentación saludable

Garantizando una Alimentación Segura: Regulación de Aditivos Alimentarios en México según Normas Oficiales Mexicanas

  1. NOM-218-SSA1-2011: Aditivos Alimentarios y Coadyuvantes en Alimentos, Especificaciones y Etiquetado.
  • Esta norma establece los requisitos para el uso de aditivos alimentarios en alimentos procesados.
  • Establece los límites máximos permitidos para aditivos específicos y coadyuvantes tecnológicos en diferentes categorías de alimentos
  • Asegura que los aditivos utilizados sean seguros y no representen un riesgo para la salud de los consumidores.
  • Requiere etiquetado claro y preciso de los aditivos utilizados en alimentos para informar a los consumidores.
  1. NOM-182-SSA1-2010: Productos y Servicios. Cereales y sus productos.
  • Esta norma establece los requisitos de calidad y seguridad para cereales y productos derivados, incluyendo colorantes y saborizantes.
  • Establece los límites permitidos para colorantes en cereales y productos relacionados.
  • Garantiza que los productos cumplan con estándares de calidad y
    seguridad, incluyendo la regulación de aditivos. 
  1. NOM-182-SSA1-2010: Productos y Servicios. Gelatinas y productos similares
  • Esta norma regula la calidad y seguridad de gelatinas y productos relacionados, incluyendo aditivos como colorantes y saborizantes.
  • Establece límites máximos permitidos para aditivos en gelatinas y productos similares.
  • Asegura que estos productos sean seguros y aptos para el consumo.
  1. NOM-189-SSA1/SCFI-2002: Productos y Servicios. Leche, fórmulas lácteas, productos lácteos combinados y derivados lácteos.
  • Esta norma regula la calidad y seguridad de productos lácteos, que a veces pueden contener aditivos como colorantes para mejorar su aspecto.
  • Establece límites para el uso de aditivos en productos lácteos.
  • Asegura la seguridad y calidad de productos lácteos y fórmulas lácteas.

Estas NOM son ejemplos de las regulaciones específicas relacionadas con aditivos alimentarios en México. Se esfuerzan por garantizar que los aditivos utilizados sean seguros, que los productos cumplan con estándares de calidad y que los consumidores estén informados sobre su presencia. La implementación efectiva de estas regulaciones contribuye a una alimentación segura y a la protección de la salud pública en México.